la totalidad de los ingresos en:
- efectivo,
- bienes,
- en servicio,
- en crédito
- cualquier otro tipo, que obtenga un contribuyente en el ejercicio
- los provenientes de sus establecimientos en el extranjero.
- El ajuste anual por inflación acumulable
- Los ingresos determinados por las autoridades fiscales
- La ganancia derivada de la transmisión de propiedad de bienes por pago en especie.
- Los que provengan de construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en bienes inmuebles, que de conformidad con los contratos por los que se otorgó su uso o goce queden a beneficio del propietario.
- La ganancia derivada de la enajenación de activos fijos y terrenos, títulos valor, acciones, partes sociales o certificados de aportación patrimonial emitidos por sociedades nacionales de crédito,
- la ganancia realizada que derive de la fusión o escisión de sociedades (si no se cumplen requisitos para considerarse como no acumulable)
- la ganancia proveniente de reducción de capital o de liquidación de sociedades mercantiles residentes en el extranjero, en las que el contribuyente sea socio o accionista.
- Los pagos que se perciban por recuperación de un crédito deducido por incobrable.
- La cantidad que se recupere por seguros, fianzas o responsabilidades a cargo de terceros, tratándose de pérdidas de bienes del contribuyente.
- Las cantidades que el contribuyente obtenga como indemnización para resarcirlo de la disminución que en su productividad haya causado la muerte, accidente o enfermedad de técnicos o dirigentes.
- Las cantidades que se perciban para efectuar gastos por cuenta de terceros. (salvo cumplimiento de requisitos)
- Los intereses devengados a favor en el ejercicio, sin ajuste alguno.
- Los intereses moratorios cobrados, a partir del cuarto mes
- Las cantidades recibidas en efectivo, en moneda nacional o extranjera, por concepto de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital mayores a $600,000.00, cuando no sean declarados
Ingresos Nominales
Los ingresos acumulables, excepto el ajuste anual por inflación acumulable.
Tratándose de créditos o de operaciones denominados en unidades de inversión, los intereses conforme se devenguen