El SAT revela la SEGUNDA VERSIÓN ANTICIPADA de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023

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En dicha version anticipada se abordan temas relativos a:

  1. pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos Hidrocarburos
  2. RESICO para personas físicas

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El plazo que vencía el 30 de junio, ayer, se amplia hasta el próximo 2 de octubre de 2023, así, las personas físicas con ingresos por actividad empresarial o profesional, pueden tributar como RESICO (régimen simplificado de confianza) y pagar una tasa máxima del 2.5% de ISR sobre lo que cobren, siempre que no rebasen los 3.5 millones de pesos de ingresos al año.  

El SAT informa que se amplía dicho plazo para:

 – Contar con e.firma activa

– Tener activo el Buzón Tributario

– Emitir facturas electrónicas con las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas” aún sin contar con un CSD

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Recuerde que cuando los contribuyentes incumplan con la presentación de la declaración anual a más tardar el 2 de octubre del 2023, la autoridad fiscal actualizará las obligaciones fiscales de los contribuyentes para que tributen desde el inicio del ejercicio que corresponda o desde el mes en que iniciaron operaciones en dicho ejercicio, conforme a lo dispuesto en el Capítulo II, Sección I, o Capítulo III del Título IV de la Ley del ISR respectivamente.

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Puede conocer el texto completo de la modificación en:

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Ver comunicado oficial en gob.mx

https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-amplia-periodo-para-regularizar-resico-de-personas-fisicas-028-2023

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