¿El Catálogo SATanico de estrategias tributarias? .

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Fundamento de los Criterios No Vinculativos fiscales:

CFF Artículo 33.- Las autoridades fiscales para el mejor cumplimiento de sus facultades, estarán a lo siguiente:

I.               Proporcionarán asistencia gratuita a los contribuyentes y ciudadanía, procurando:

h)             Dar a conocer en forma periódica, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, los criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.

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Es importante recordar que el Código Fiscal de la Federación establece como una conducta infraccionable el “Asesorar, aconsejar o prestar servicios para omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución en contravención a las disposiciones fiscales“, sin embargo, no se incurrirá en la infracción cuando se manifieste en la opinión que se otorgue por escrito que el criterio contenido en ella es diverso a los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales mediante su publicación de los Criterios No Vinculativos, o bien manifiesten también por escrito al contribuyente que su asesoría puede ser contraria a la interpretación de las autoridades fiscales

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A su disposición el listado, por contribución, de los Criterios No Vinculativos:

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A sus órdenes en:

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