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¿ya afilió el centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT)?
De acuerdo a ésta reforma que entra en vigor mañana 5 de abril del 2024, la multa por no hacerlo va de $5,428.50 a $162,855.00
Inscribir a la empresa (persona física o moral) es sencillo y básicamente solo se requiere, estar inscrito al SAT y al IMSS, exhibir documento constitutivo y/o poder del representante legal, identificación y comprobante de domicilio. Información adicional en www.fonacot.gob.mx
(recuerde incorporar ésta nueva sanción a su Manual de Compliance Fiscal – Laboral)
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