BENEFICIO ECONÓMICO RAZONABLEMENTE ESPERADO

Para efectos fiscales, existe, cuando las operaciones del contribuyente busquen, entre otros:

  1. generar ingresos,
  2. reducir costos,
  3. aumentar el valor de los bienes que sean de su propiedad,
  4. mejorar su posicionamiento en el mercado

La autoridad evaluará la información contemporánea que presente el contribuyente, siempre que ésta esté soportada y sea razonable, a fin de cuantificar el beneficio económico razonablemente esperado.

¿Es razonable cuando la información sea razonable?  Obvio, ¿no?